ARTÍCULO 75
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Artículo 75. Además de lo señalado en el artículo 70 de la presente Ley, las instituciones de educación superior públicas dotadas de autonomía deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
I. Los planes y programas de estudio según el sistema que ofrecen, ya sea escolarizado o abierto, con las áreas de conocimiento, el perfil profesional de quien cursa el plan de estudios, la duración del programa con las asignaturas, su valor en créditos.
2015
2016
2017
2018
2019
* Semestre I
* Semestre II
II. Toda la información relacionada con sus procedimientos administrativos.
2015
2016
2017
2018
2019
* Semestre IA
* Semestre IIA
III. La remuneración de los profesores, incluyendo los estímulos al desempeño, nivel y monto.
2015
2016
2017
2018
2019
* Trimestre I
* Trimestre II
* Trimestre III
* Trimestre IV
IV. La lista con los profesores con licencia o en año sabático.
2017
2018
2019
* Trimestre I
* Trimestre II
* Trimestre III
* Trimestre IV
V. El listado de las becas y apoyos que otorgan, así como los procedimientos y requisitos para obtenerlos.
2015
2016
2017
* Trimestre I
* Trimestre II
* Trimestre III
* Trimestre IV
VI. Las convocatorias de los concursos de oposición.
2015
2016
2017
* Trimestre I
* Trimestre II
* Trimestre III
* Trimestre IV
VII. La información relativa a los procesos de selección de los consejos.
2015
2016
2017
2018
*Trimestre I
*Trimestre II
*Trimestre III
*Trimestre IV
2019
*Trimestre I
*Trimestre II
*Trimestre III
*Trimestre IV
VIII. Resultado de las evaluaciones del cuerpo docente.
2015
2016
2017
* Trimestre I
* Trimestre II
* Trimestre III
* Trimestre IV
IX. El listado de instituciones incorporadas y requisitos de incorporación.
2015
2016
2017
* Trimestre I
* Trimestre II
* Trimestre III
* Trimestre IV
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